Guías para comunidades 17 de septiembre de 2026 · Lectura: 9 min · ← Volver al blog

Modelo de contrato de limpieza para comunidades de propietarios: cláusula por cláusula

Muchas comunidades de Tarragona trabajan con su empresa de limpieza sin ningún documento firmado, o con un presupuesto de una página que no dice qué se limpia ni cuándo. Cuando surge un problema, no hay a qué agarrarse. Aquí tienes un modelo de contrato de servicio de limpieza para comunidades, explicado cláusula por cláusula, que puedes copiar, adaptar y llevar a la próxima junta.

Para qué sirve este modelo y para qué no

Este modelo recoge las cláusulas que, en nuestra experiencia con comunidades de Tarragona, Reus y la costa, evitan la mayoría de discusiones entre vecinos y empresa: qué zonas entran, con qué frecuencia, cuánto cuesta, cómo se revisa el precio y cómo se termina la relación. Está pensado para un contrato de servicios entre una comunidad de propietarios y una empresa de limpieza con trabajadores propios.

No sustituye la revisión de un administrador de fincas o de un abogado, sobre todo si la comunidad quiere contratar directamente a una persona como empleada, que es una relación laboral distinta con obligaciones propias. Tómalo como una base de trabajo, no como un documento cerrado.

Si todavía estás decidiendo qué exigir, antes conviene leer qué debe incluir un contrato de limpieza de comunidades. Este artículo va un paso más allá: convierte esa lista en texto listo para firmar.

El modelo de contrato, cláusula por cláusula

Los textos entre corchetes son los datos que debe rellenar cada comunidad. Debajo de cada cláusula explicamos por qué está ahí y qué conviene vigilar.

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE LIMPIEZA

En [municipio], a [fecha].

REUNIDOS. De una parte, la Comunidad de Propietarios de [dirección completa], con CIF [número], representada por su presidente/a, [nombre], facultado/a por acuerdo de la junta de [fecha]. De otra parte, [razón social de la empresa], con CIF [número] y domicilio en [dirección], representada por [nombre y cargo]. En adelante, la Comunidad y la Empresa.

Cláusula 1. Objeto

La Empresa prestará el servicio de limpieza de las zonas comunes del edificio descritas en el Anexo I, con la frecuencia y tareas que figuran en el Anexo II.

Cláusula 2. Zonas incluidas (Anexo I)

Portal y hall de entrada, escaleras y rellanos de todas las plantas, ascensor (cabina, puertas y espejos), pasamanos y barandillas, cristales del portal y de zonas comunes hasta [altura] metros, cuartos de contadores y de basuras, [patio interior], [garaje: rampas y pasillos peatonales], [zona de buzones]. Cualquier zona no listada se considera excluida salvo acuerdo escrito.

Cláusula 3. Frecuencia y tareas (Anexo II)

Visitas [semanales / dos veces por semana / quincenales], los [días de la semana], en horario de [franja]. En cada visita: barrido y fregado de suelos, limpieza de ascensor, pasamanos, buzones y puertas de acceso, retirada de publicidad del suelo y vaciado de papeleras. Mensualmente: cristales de portal, puntos de luz accesibles y rodapiés. Anualmente: [pulido y abrillantado del suelo del portal] y limpieza de cristales en altura.

Cláusula 4. Precio y forma de pago

El precio del servicio es de [importe] euros mensuales más IVA, con todos los servicios de los Anexos I y II incluidos. La Empresa emitirá factura mensual, pagadera por transferencia o domiciliación en los [10] días siguientes a su emisión. Cualquier trabajo fuera de los anexos requerirá presupuesto previo aceptado por escrito por la Comunidad.

Cláusula 5. Revisión del precio

El precio se revisará una vez al año, en [mes], como máximo según la variación del IPC general publicado por el INE. La Empresa comunicará la revisión con al menos [30] días de antelación. No se aplicará ningún incremento que no haya sido comunicado por escrito.

Cláusula 6. Personal

La Empresa asignará un/a profesional fijo/a al edificio y comunicará a la Comunidad cualquier cambio de persona. Todo el personal tendrá contrato laboral, alta en la Seguridad Social y cobertura del convenio colectivo de limpieza de edificios y locales de la provincia de Tarragona. La Empresa entregará, a petición de la Comunidad, certificado de estar al corriente con la Seguridad Social y con Hacienda.

Cláusula 7. Materiales y productos

Los productos, útiles y maquinaria corren a cargo de la Empresa y están incluidos en el precio. La Comunidad facilitará una toma de agua y de corriente y, si es posible, un espacio para guardar el material.

Cláusula 8. Seguro de responsabilidad civil

La Empresa dispone de póliza de responsabilidad civil con cobertura mínima de [importe] euros por siniestro, vigente durante toda la duración del contrato, y entregará copia del certificado a la firma y en cada renovación.

Cláusula 9. Incidencias y supervisión

La Empresa designará una persona de contacto que atenderá incidencias en un plazo máximo de [24 horas laborables]. Comunicará a la Comunidad o a su administrador cualquier desperfecto que detecte en las zonas comunes. Las visitas que coincidan con festivo se recuperarán dentro de la misma semana.

Cláusula 10. Duración y baja

El contrato entra en vigor el [fecha] con duración de un año, prorrogable automáticamente por periodos iguales. Cualquiera de las partes podrá darlo por terminado sin penalización comunicándolo por escrito con [30] días de antelación. No existe periodo mínimo de permanencia.

Cláusula 11. Protección de datos y confidencialidad

Ambas partes tratarán los datos personales a los que accedan conforme al Reglamento (UE) 2016/679 y la LOPDGDD. La Empresa guardará confidencialidad sobre los códigos de acceso, llaves y cualquier información del edificio.

Cláusula 12. Legislación y jurisdicción

El contrato se rige por la legislación española. Para cualquier controversia, las partes se someten a los juzgados de [partido judicial del edificio].

Y en prueba de conformidad, firman por duplicado en el lugar y fecha indicados.

Por la Comunidad: [firma del presidente/a]     Por la Empresa: [firma y sello]

Pedir un contrato ya redactado

Qué vigilar en cada cláusula

Las cláusulas están en el orden en que suelen dar problemas. Estas son las que más discusiones generan y cómo cerrarlas bien.

01

Las zonas: escribe lo que hay, no lo que se sobreentiende

La cláusula 2 es la que más veces se deja vaga. "Zonas comunes" puede ser el portal y la escalera, o puede incluir garaje, patio, cuarto de basuras y cristales a cuatro metros de altura. Si la comunidad tiene garaje y quiere que se limpie, tiene que aparecer. Si no aparece, no está incluido y la empresa tendrá razón al cobrarlo aparte.

Un consejo práctico: recorre el edificio con la empresa antes de firmar y haz la lista in situ. Es la forma más rápida de que los dos anexos reflejen la realidad.

02

La frecuencia: días concretos y qué pasa con los festivos

"Una vez por semana" no dice qué día ni qué ocurre cuando ese día es festivo. En Tarragona hay semanas con dos festivos seguidos y comunidades que se quedan quince días sin limpieza sin que nadie lo haya pactado. La cláusula 9 lo resuelve: las visitas perdidas se recuperan en la misma semana.

Si dudas entre semanal y quincenal, en cada cuánto hay que limpiar las escaleras de una comunidad explicamos cómo decidirlo según vecinos, plantas y uso.

03

El precio: cerrado, con IVA claro y sin extras sorpresa

El precio debe ser un número mensual con el IVA indicado aparte, y la frase "con todos los servicios de los anexos incluidos" es la que protege a la comunidad. Sin ella, la empresa puede facturar el pulido del portal, los cristales altos o los productos como conceptos adicionales.

La cláusula 4 añade el candado importante: ningún trabajo fuera de los anexos sin presupuesto aceptado por escrito. Es la que evita las facturas de "trabajos extraordinarios" que nadie recuerda haber pedido. Para saber si el número es razonable, consulta la guía de precios de limpieza de comunidades en Tarragona.

04

La revisión: IPC como tope y siempre por escrito

Es normal que el precio se revise cada año. Lo que no es normal es que suba sin aviso o por encima del IPC. La cláusula 5 fija tres cosas: cuándo se revisa, cuál es el máximo y con cuánta antelación se comunica. Con eso, la junta puede prever el gasto y decidir con tiempo si quiere continuar.

05

El personal: profesional fijo y situación laboral acreditada

La cláusula 6 es la que protege a la comunidad frente a un riesgo que muchos presidentes desconocen. Si la persona que limpia no está dada de alta y tiene un accidente en la escalera, la comunidad puede responder de forma subsidiaria. Pedir el certificado de estar al corriente con la Seguridad Social no es desconfianza, es lo que haría cualquier empresa que contrata a otra.

El profesional fijo es la otra mitad. Una persona que conoce el edificio limpia mejor y avisa antes de una bombilla fundida o una puerta que no cierra. Si la empresa no puede comprometerse a ello, conviene saberlo antes de firmar.

06

La baja: sin permanencia y con preaviso razonable

La cláusula 10 es la que más cambia respecto a lo que suelen presentar algunas empresas. Un contrato de un año prorrogable con permanencia obligatoria y penalización por salir antes deja a la comunidad atada aunque el servicio falle. Un preaviso de 30 días sin penalización es suficiente para que la empresa reorganice a su personal y para que la comunidad no se quede sin servicio de un día para otro.

Si la junta decide cambiar de empresa, el preaviso por escrito, con acuse de recibo o correo electrónico, evita discusiones sobre cuándo empezó a contar el plazo.

Cómo aprobar el contrato en la junta de propietarios

Contratar o cambiar la empresa de limpieza es un acto de administración ordinaria. En la práctica, se aprueba por mayoría simple de los asistentes a la junta, y el presidente firma en nombre de la comunidad con el acuerdo reflejado en el acta. Por eso el modelo menciona el acuerdo de junta en el encabezado: es lo que legitima la firma.

Lo que funciona bien es llevar a la junta el contrato ya rellenado con los anexos y dos o tres presupuestos comparables, para que los vecinos voten sobre algo concreto. Si el administrador de fincas gestiona la comunidad, pídele que lo revise antes: es quien conocerá las particularidades del edificio y quien tendrá que gestionar el día a día con la empresa.

Así es el contrato que firma Jarliman

Este modelo no es teórico: es, con pocas diferencias, el que usamos con las comunidades de Tarragona, Reus y la Costa Daurada. En concreto:

Si quieres recibirlo ya adaptado a tu edificio, con los anexos rellenados y el precio, te lo enviamos en menos de 24 horas junto con el presupuesto. Llámanos al 644 777 287 o escríbenos por WhatsApp. También trabajamos con administradores de fincas que gestionan varias comunidades con un único contrato marco.

Jarliman · Tarragona y comarca

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Preguntas frecuentes sobre el contrato de limpieza de una comunidad

¿Quién firma el contrato de limpieza en una comunidad de propietarios?

Lo firma el presidente o presidenta en representación de la comunidad, con el acuerdo previo de la junta reflejado en el acta. Si la comunidad tiene administrador de fincas, suele ser quien prepara y revisa el documento, pero la firma corresponde al presidente salvo que la junta le haya dado poderes expresos al administrador.

¿Es legal un contrato de limpieza con permanencia de un año?

Es legal, porque es un contrato entre una comunidad y una empresa y las partes pueden pactar la duración que quieran. Otra cosa es que convenga. Una permanencia con penalización deja a la comunidad sin margen si el servicio no cumple. Antes de aceptarla, pide que se sustituya por un preaviso de 30 días sin penalización; una empresa que confía en su trabajo no suele tener inconveniente.

¿Qué diferencia hay entre contratar a una empresa y a una persona directamente?

Si la comunidad contrata a una persona directamente, se convierte en su empleadora: tiene que darla de alta, pagar cotizaciones, gestionar nóminas, vacaciones y bajas, y responde de la prevención de riesgos. Con una empresa, todo eso lo asume la empresa y la comunidad solo paga una factura mensual. El modelo de este artículo es para el segundo caso.

¿Debe el contrato incluir el pulido del suelo del portal?

Solo si la comunidad quiere que esté incluido en el precio. Muchas empresas lo facturan aparte como trabajo extraordinario, y ahí es donde nacen las sorpresas. Si lo quieres incluido, tiene que aparecer en el Anexo II con su frecuencia, normalmente una vez al año. En Jarliman va incluido sin coste en todos los contratos de limpieza de escaleras.

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